El Madrid justifica los 50 casos de menores que indaga la FIFA
El Real Madrid ha justificado mediante un comunicado los 50 casos de menores que indaga la FIFA. Dice que 10 eran españoles, 6 mayores de edad, 2 estaban autorizados, 2 fueron inscritos antes del cambio de normativa, 23 procedían de clubes españoles, 2 nunca han estado en el club, un caso está en el TAS y 4 cumplen las excepciones de las reglas FIFA.
El comunicado íntegro es éste:
“Ante las informaciones aparecidas en algunos medios de comunicación sobre la solicitud de información que FIFA está llevando a cabo en los últimos meses a diferentes clubes españoles, para verificar que se ha respetado el Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores (RETJ, Ed. 2009), referido a transferencias internacionales de menores extranjeros o primeras inscripciones de los mismos, el Real Madrid desea manifestar lo siguiente:
1. El Real Madrid defiende la protección y el desarrollo adecuado y sano de los menoresmediante el cumplimiento estricto y sin excepciones del Reglamento de Transferencia y de Inscripción de Menores, y muestra su total conformidad con que tales investigaciones se lleven a cabo con dicha finalidad.
2. El Real Madrid ha contestado diligentemente aportando todos los datos requeridos por la Comisión dentro de los plazos establecidos y con todo detalle documental. Tanto el Real Madrid como la propia RFEF, a través de la cual se tramita el expediente informativo, han quedado enteramente satisfechos con la información aportada al verificarse el estricto cumplimiento con la normativa de inscripción en absolutamente todos los casos.
3. A efectos de clarificar al máximo el contenido del expediente informativo, este club quiere poner de manifiesto que la información requerida por FIFA se refiere a 51 jugadores, de los cuales:
– 1 mismo jugador aparecía dos veces en la lista.
– 10 jugadores tenían nacionalidad española en el momento de ser inscritos, por lo que quedan exentos, al circunscribirse la normativa en cuestión a jugadores extranjeros menores de edad.
– 6 jugadores eran mayores de edad en el momento de su inscripción, por lo que quedan igualmente excluidos por las razones dichas en el apartado anterior y, adicionalmente, por haber obtenido en su día la preceptiva autorización de FIFA (CTI, Certificado de Transferencia Internacional).
– 2 jugadores menores de edad fueron inscritos tras la obtención de la preceptiva autorización de la Subcomisión competente de la Comisión del estatuto del jugador de FIFA.
– 2 jugadores fueron inscritos con anterioridad a la entrada en vigor del RETJ Ed. 2009, sin perjuicio de que, al ser hijos de un ex jugador del primer equipo del Real Madrid, cumplían las excepciones que fueron contenidas en el artículo 19 con posterioridad.
– 23 jugadores (24, si se tiene en cuenta el jugador que aparece por duplicado en la solicitud de información) fueron inscritos en segundas o posteriores inscripciones al provenir de otros clubes miembros de la RFEF, razón por la que quedan también exentos al no tratarse de transferencias internacionales ni de primeras inscripciones.
– 2 jugadores nunca han pertenecido a la disciplina del Real Madrid al ser rechazados por el club por considerar, a su razonable juicio, que su inscripción contravenía las disposiciones del artículo 19 del RETJ, Ed. 2009. El Real Madrid lamenta y rechaza profundamente que la identidad de uno de estos menores haya sido desvelada en el día de hoy por algún medio de comunicación, sin que pueda achacarse al club responsabilidad alguna al efecto.
– 1 jugador no consta inscrito en el club, dado que la Subcomisión rechazó su solicitud de inscripción y el caso está pendiente de resolución final en el TAS. Huelga señalar que cualquiera que sea el sentido final de la resolución, el Real Madrid ha cumplido escrupulosamente con la normativa al solicitar esta inscripción por los cauces legales sin que el jugador haya sido inscrito por el momento.
– Y, por último, 4 jugadores menores de 12 años fueron inscritos en primera inscripción cumpliendo tanto la normativa de la RFEF como la normativa FIFA al acogerse plenamente a las excepciones contenidas en el artículo 19 del RETJ, Ed. 2009.
4. Adicionalmente, y a meros efectos aclaratorios, el Real Madrid comunica que ha dado traslado a FIFA de todos los Convenios de Colaboración suscritos con clubes aficionados cuya única finalidad es evitar el abuso de su posición de superioridad frente a estos clubes mediante la búsqueda de acuerdos equilibrados con respeto absoluto a los derechos de los jugadores, y una equitativa y justa compensación al club formador, que funciona como mecanismo de solidaridad en atención a tal labor. Como ya consta a FIFA, dichos convenios, 40 en total, en ningún caso han sido utilizados para contravenir normativa alguna.
5.Todo lo anterior evidencia la particular diligencia que en todo momento ha mantenido el Real Madrid en la transferencia e inscripción de jugadores extranjeros menores de edad y el carácter infundado y puramente especulativo de determinadas informaciones publicadas al respecto”.